Dimensions | 1724 cm |
---|
Índice
Prólogo
Fundamentos para su publicación
Introducción
- Justificación
- Objetivos
- Marco teórico
- Metodología
- Presentación general de la ley
- Antecedentes y normativa internacional
- Estructura de la ley
- Ámbito subjetivo, objetivo y temporal
3.1. Ámbito subjetivo
3.2. Ámbito objetivo
3.3. Ámbito temporal
- Lineamientos generales
- Breve referencia a la regulación del tema en Derecho Comparado
- Aspectos generales de la responsabilidad civil
- Distintas acepciones del término responsabilidad
- Responsabilidad y obligación
- Concepto de responsabilidad civil
- Fundamento(s)
- Elementos de la responsabilidad civil
5.1. Hecho ilícito
5.2. Daño
5.2.1. Concepto
5.2.2. Clasificación de los daños: daños patrimoniales y extra patrimoniales. Daño moral
5.3. Factores de atribución o de imputación del daño
5.3.1. Criterios subjetivos: responsabilidad subjetiva: culpabilidad (culpa-dolo)
5.3.2. Criterios objetivos: responsabilidad objetiva (riesgo, garantía, etc.)
5.4. Nexo causal
- Áreas de procedencia de la responsabilidad civil
- Funciones de la responsabilidad civil
- Responsabilidad civil y responsabilidad penal. Diferencias
- Sanciones civiles. Penas privadas
III. Situaciones reguladas por la Ley 18.561
- Naturaleza jurídica: ¿ley especial o excepcional?
- Objetivos marcados en la ley
- Relaciones a las que se aplica
- Comportamiento que habilita aplicación de la normativa
4.1. Concepto de la conducta de acoso sexual (art. 2º)
4.2. Casos de conducta de acoso sexual (art. 3º)
- Efectos regulados por la ley ante acto de acoso sexual
5.1. El autor del acto de acoso sexual es “empleador o jerarca”, o es alguien que lo representa en el “ejercicio del poder de dirección”
5.1.1. Situaciones de “sancionabilidad”
5.1.2. Situaciones de “responsabilidad”
5.2. El autor del acoso sexual es “otra persona vinculada al lugar de trabajo”
5.2.1. Situaciones de sancionabilidad
5.2.2. Situaciones de responsabilidad
5.3. El autor del acoso sexual es un “docente”
5.3.1. Situaciones de sancionabilidad
5.3.2. Situaciones de responsabilidad
5.4. El autor del acto de acoso sexual es “otra persona vinculada al lugar…entidad docente”
5.4.1. Situaciones de sancionabilidad
5.4.2. Situaciones de responsabilidad
5.5. El autor el acto de acoso sexual no es el “empleador o jerarca” pero es “también responsable” (art. 4º inc. 2º)
5.5.1. Situaciones de sancionabilidad
5.5.2. Situaciones de responsabilidad
- Efectos de las denuncias por acoso sexual (art. 15)
6.1. Denuncia en uso de derecho de acto de acoso sexual
6.2. Denuncia abusiva de acto de acoso sexual
- Posibles situaciones de acoso sexual no comprendidas por la Ley 18.561
Análisis de jurisprudencia
Conclusiones
Adenda
Bibliografía consultada
Texto de la Ley 18.561
Descripción
1ª edición setiembre 2015
Formato 17 x 24
ISBN 978-9974-2-0977-0
Páginas 192
Reseña
Análisis de las penas y las reparaciones desde la perspectiva del Derecho Civil
La Ley Nº 18.561, del año 2009, ha venido a regular el acoso sexual en el ámbito laboral y en las relaciones docente-alumno, normativa de cuna laboralista ampliamente analizada por los cultores de esta disciplina, pero que también involucra aspectos que convocan para su abordaje al Derecho Civil, por cuanto las «indemnizaciones» allí previstas se reconducen al Derecho de Daños.
En la presente obra encontrará el lector un examen, desde la perspectiva del Derecho Privado, de las penas y las reparaciones aplicables ante los actos de acoso sexual que han sido previstos y regulados por el citado texto legal, que a nuestro juicio debe ser visualizado como una suerte de bisagra entre el Derecho Penal («nulla poena sine lege«) y el Derecho Civil.
Precisamente, sin apartarse del sistema de la responsabilidad civil, entendemos que se incorporan de manera innovadora situaciones de sancionabilidad contra el autor y agente de tales actos (penas privadas o daños punitivos), sanciones que son impuestas según la gravedad de la inconducta, de acuerdo a su salario y a favor de la víctima. Pero también de forma novedosa se consagra una situación de responsabilidad subjetiva para el empleador o jerarca, por tener «conocimiento» de la ocurrencia de una conducta de acoso sexual de parte de su dependiente y no adoptar «medidas para corregirla, solución que viene a acoplarse a la proveniente del derecho común (responsabilidad objetiva por culpa de su dependiente).
La problemática de referencia es tratada con especial énfasis en la necesaria articulación entre las previsiones de la disciplina específica y el sistema general del Derecho Privado, postulándose en definitiva la coexistencia de situaciones de «excepcionalidad» (sancionabilidad contra el autor y agente del acoso sexual) y de «especialidad» (responsabilidad del empleador o jerarca), acorde a la naturaleza dual que se le asigna al texto legal.
Responsabilidad Civil y Penas Privadas constituyen así las categorías centrales en torno a las cuales gira el análisis de las soluciones legales realizado en esta obra.